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Reducen la sanción a una asegurada por tener implantada y certificada una normativa de calidad.

01/03/2010 . Propia
Se reduce la sanción de protección de datos por tener implantado un sistema de calidad.
Un error al enviar una carta, provoca una sanción de 60.000 euros, la cual se ve reducida al considerar como atenuante, entre otras cosas el tener implantado un sistema de calidad.
Una sentencia de la Audiencia Nacional ha reducido de 60.000 a 6.000 euros la multa impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a una aseguradora facilitar datos erróneos de un conductor referidos a una infracción de tráfico. Considera que se trata de una infracción leve y entre sus consideraciones incluye que al estar certificada en calidad. La multa fue impuesta en noviembre de 2008 por la AEPD a la compañía responsable de la gestión de multas, quien comunicó al Ayuntamiento de Madrid datos erróneos de un conductor por un fallo del tramitador que gestionaba dos expedientes. La compañia, que reconoce su error, recurrió esta sanción por considerar desproporcionada la multa impuesta. En la sentencia, la Audiencia valora que los datos erróneos sólo figuraban en una carta enviada al Ayuntamiento para la identificación del vehículo y no en los archivos de la compañía de gestión de multas. Igualmente, considera positivamente que la empresa comunicara al denunciante la identificación del conductor.
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